lunes, 19 de septiembre de 2011

Justificación

Hay que dejar claro, que el término "sordera" debe reservarse a los casos en que las lesiones son graves o totales. Que se pueden clasificar atendiendo a diferentes criterios, como: el grado de perdida auditiva por el momento que ha surgido, según el tipo de enseñanza o tipo de educación, etc. Nosotros nos vamos a centrar en hipoacusias.
CLASIFICACIÓN:
  • Según el grado de perdida auditiva y siguiendo las normas de A.N.S.I (1969):
1.- Normoaudición: El umbral de audición no sobrepasa los 20 dB H.L., en la gama de frecuencias conversacionales.
2.- Hipoacusia leve: Umbrales auditivos situados entre los 20 y 40 dB H.L., en el que no tienen alteraciones significativas en la adquisición y desarrollo del lenguaje.
3.- Hipoacusia media: Pérdida auditiva entre 40 y 70 dB H.L., en el que no percibe la palabra hablada, salvo la que está emitida a una fuente de intensidad, lo que implica dificultades para la comprensión y el desarrollo del lenguaje.
4.- Hipoacusia severa: Pérdida auditiva entre 70 y 90 dB H.L., No oye la voz, excepto cuando se eleva mucho. Se utiliza la lectura labial y es imprescindible el empleo de audífonos y apoyo logopédico para alcanzar el desarrollo del lenguaje.
5.- Hipoacusia profunda: Pérdida auditiva que supera los 90 dB H.L., en la que afecta las funciones de alerta y orientación, estructuración, temporo-espacial y desarrollo intelectual y social.

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